VISTO:
Las reiteradas manifestaciones del D.E. de que no se puede aumentar a los empleados por la falta de fondos para hacerlo, y que es función del cuerpo deliberativo atender a las necesidades de todos los ciudadanos; y.
CONSIDERANDO:
Que el gran deterioro que sufren con la inflación el haber básico que se le abona al los empleados municipales de Carlos Casares, que el mismo equivale aproximadamente a menos del 50% del salario básico fijado por el Consejo Nacional del Salario mínimo vital y móvil.
Que el sueldo básico de los empleados municipales esta extremadamente alejado de las realidades del país, pero sufre los constantes aumentos de precios en la canasta básica.
Que es una obligación moral retribuir con sueldos dignos a los empleados públicos, tomando todas las medidas y acciones para lograr dicho fin.
Que ante los continuos reclamos de aumento salarial insatisfechos, ya que el D.E, manifiesta la falta de recursos, y ante el fracaso rotundo que significara la aplicación incompleta del denominado escalafón municipal, hay que tomar medidas y acciones tendientes a la defensa de los haberes de los que más desprotegidos están en la escala salarial municipal.
Que el D.E es el encargado de gestionar los recursos municipales y gastar donde realmente hace falta, y tanto él como los representantes en la legislatura provincial deben ser los encargados de gestionar ante el gobierno Provincial una efectiva coparticipación de impuestos y ayudas económicas para paliar estas situaciones.
Que con la finalidad de gestionar mejor y no tener empleados de rehenes, sino pagar sueldos dignos, se pretende la suspensión del pago de los tiempos pleno a todo empleado municipal; y que para la restricción de viáticos solo se acepte aquellos casos de suma necesidad, los cuales deberán estar debidamente fundados por quien los paga.
Que asimismo, el Intendente Municipal, concejales, directores, subsecretarios, secretarios, y a todos aquellos que su sueldo este compuesto por sumatoria de básicos, deberán aportar un 50 % de sus haberes como contribución voluntaria en el sueldo neto a fin de no desfinanciar el sistema y aportar para los que menos reciben vean una mejora en sus sueldos.
POR LO EXPUESTO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DE UNIÓN PRO SE DIRIGE AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE PARA QUE EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS ACUERDE Y SANCIONE EL SIGUIENTE:
PROYECTO DE ORDENANZA
Articulo 1º: Declárese la emergencia salarial para el personal municipal, del Municipio de Carlos Casares.
Articulo 2º: Equipárese el sueldo básico de los empleados municipales con del salario mínimo, vital y móvil fijado para los trabajadores activos por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Articulo 3º: El monto del haber mínimo garantizado por el artículo precedente será tenido en cuenta a los efectos de calcular los haberes del personal municipal de acuerdo a su escalafonamiento respectivo.
Articulo 4º: Suspéndase el pago de tiempos pleno a todo empleado municipal; y habilítese la restricción de viáticos solo a los casos de suma necesidad, los cuales deberán estar debidamente fundados.
Articulo 5º: A fin de no perjudicar las arcas municipales con esta medida, establézcase un descuento del 50 % de los haberes como contribución voluntaria en el sueldo neto, al Intendente Municipal, concejales, directores, subsecretarios, secretarios, y a todos aquellos que su sueldo este compuesto por sumatoria de básicos.
Articulo 6º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a reasignar partidas presupuestarias a fin de dar cumplimiento a la presente ordenanza.
Articulo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario